Posted by Umm juayria al baskiyq |  at 2:26
Primera pregunta de la fatwa N°7925
Pregunta 1: Tengo alguna suma de dinero y ha transcurrido un año lunar desde que lo tengo. ¿Les pido que me aclaren cómo se debe pagar su azaque? ¿Acaso está permitido mandar una parte de este azaque a UNICEF para cuidar a los niños , y también a los Muyahidin (luchadores por la causa de Allah) afganos?
Respuesta 1: Primero, debe pagar el cuarto del décimo de lo que tiene de oro, plata, billetes u ofertas comerciales, si cada artículo ha alcanzado al-nisab (la cantidad mínima en la que el azaque es debido)independientemente o a través de añadirlo a otro dinero de azaque o bienes comerciales y transcurrió un año de hégira de tenencia desde su posesión.
Segundo, no está permitido pagar azaque a UNICEF, para cuidar niños .
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( Número del tomo 9; Página 440) |
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Porque sus actividades y sus gastos no están dedicados para los niños musulmanes. Y respecto a los Mugahidin (luchadores por la causa de Allah) afganos, pues, está permitido pagar el azaque para ellos a través de una persona de confianza.
¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!
Comité Permanente de Investigaciones Científicas y Emisión de Fatwas
MiembroVicejefeJefe ‘Abdullah ibn Qa‘ud ‘Abd Al-Raziq ‘Afifi ‘Abd Al-‘Aziz ibn ‘Abdullah ibn Baz
http://www.alifta.net/Search/ResultDetails.aspx?languagename=es&lang=es&view=result&fatwaNum=&FatwaNumID=&ID=3392&searchScope=3&SearchScopeLevels1=&SearchScopeLevels2=&highLight=1&SearchType=exact&SearchMoesar=false&bookID=&LeftVal=0&RightVal=0&simple=&SearchCriteria=allwords&PagePath=&siteSection=1&searchkeyword=110105195177111115#firstKeyWordFound
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